El Tribunal Constitucional anula dos artículos relativos a las rebajas

por | Abr 20, 2016 | Boletín mensual | 0 Comentarios

Los puntos cuestionados afectan a dos temas fundamentalmente: el producto rebajado tiene que haber estado a la venta al menos un mes antes, sin descuento, y NO se puede adquirir producto expresamente para su venta en rebajas.

La Generalitat de Cataluña impugnó parcialmente el Real Decreto Ley 20/2012, por entender que invadían competencias autonómicas y por tanto era inconstitucional. Entre ellos, artículos relativos a la liberalización de horarios comerciales, y a las rebajas. En el primer caso el Tribunal Supremo no ha estimado el recurso, es decir, ha considerado que el Estado sí podía ampliar los horarios comerciales. Sin embargo, en lo relativo a la normativa de rebajas, entiende que es competencia de las CCAA.

Desde FECE hemos elaborado un artículo, que puedes encontrar en el área de Socios de la web, donde analizamos en profundidad este cambio legislativo y su impacto para el comercio.