Fabricantes sin representación en España: ¡ojo con la importación y distribución de sus productos!

por | May 26, 2016 | Boletín mensual | 0 Comentarios

Recientemente ANFEL, la patronal de los fabricantes, ha emitido una nota recordando las obligaciones de los distribuidores en el caso de que vendan marcas sin representante autorizado en España. El motivo ha sido la detección de alguna marca cuyo fabricante no está inscrito en el Registro Integrado Industrial (REI-RAEE) y que tampoco forma parte de un Sistema de Responsabilidad Ampliada (antiguos SIGs).

Esto implica que el fabricante no se está haciendo cargo de los costes de reciclaje que le corresponden, y por tanto, que el distribuidor de sus productos “hereda” esta obligación, y tiene que:

1.- inscribirse él mismo en el REI-RAEE

2.- adherirse a un SCRAP (SIG) y asumir los correspondientes costes

3.- elaborar y presentar a las autoridades los Planes de Prevención de Residuos trienales

Por tanto, recordar a todos ante esta situación que el hecho de comercializar marcas cuyo fabricante NO esté inscrito en el REI-RAEE está prohibido por el Real Decreto de RAEE, y que puede conllevar para el distribuidor/importador de dichas marcas una serie de obligaciones específicas (y costes) que exceden las que tiene como distribuidor.

En caso contrario, estará incumpliendo la normativa y se expone a ser sancionado