Contratación de familiares por parte de un autónomo, condiciones de la nueva ley

por | Feb 14, 2018 | Boletín mensual, Normativa legal

Hasta ahora la contratación de familiares por parte de un autónomo estaba contemplada en la ley con la figura del “autónomo colaborador”. Desde principios de 2018, con la nueva Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aprobada en octubre de 2017, las condiciones varían un poco y se establece la siguiente bonificación:

  • Bonificación del 100 por 100 en la cuota empresarial por contingencias comunes durante un período de 12 meses.

Tal y como explican en la guía de contratos del Servicio Público de Empleo Estatal, los trabajadores contratados deben ser “cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive del trabajador autónomo”.

Además el contrato tendrá que ser de tipo indefinido a tiempo completo o parcial.

Y los requisitos con los que debe cumplir el trabajador autónomo son los siguientes:

  • No haber “extinguido contratos de trabajo, bien por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente improcedentes, bien por despidos colectivos que hayan sido declarados no ajustados a Derecho, en los doce meses anteriores a la celebración del contrato que da derecho a la bonificación”.
  • Se establece también que el empleador deberá mantener el nivel de empleo en los seis meses posteriores a la celebración de los contratos.