Etiquetado energético: ¿Cuáles son las obligaciones para las tiendas?

por | Abr 5, 2016 | Normativa legal | 0 Comentarios

Algunas tiendas se han puesto en contacto con FECE para informar de la visita de los inspectores de consumo de sus Comunidades Autónomas, los cuales les han solicitado la ficha energética de algún producto. En algún caso, el responsable del establecimiento no ha sabido identificar a qué se referían, ya que se suele confundir la ficha con la etiqueta energética (que es la etiqueta que va pegada al producto), aunque ambas son diferentes.

Así es: ficha energética y etiqueta energética son dos cosas distintas, y ambas son obligatorias en los comercios. Es necesario y útil conocer sus diferencias y saber identificarlas, de cara tanto a inspecciones como al consumidor, quien tiene derecho a solicitarla, y también saber las obligaciones que conllevan. Para ello, desde FECE hemos preparado este cuadro sencillo con las diferencias entre ambas:

ficha energetica1

ficha 3

ficha 2

 

Según el Real Decreto 1390/2011 de Etiquetado Energético, las obligaciones legales para fabricante y distribuidor respecto a ficha y etiqueta son:

1.-El fabricante tiene la obligación de proporcionar al distribuidor, sin coste, dichas etiquetas y las fichas técnicas (en la documentación del producto o en catálogos).

2.- El distribuidor tiene la obligación de colocar correctamente la etiqueta en el producto.

3.- El distribuidor tiene la obligación de tener en tienda la ficha de producto y proporcionarla al consumidor (o al inspector) que la pida.

Incumplir estas obligaciones son infracciones graves que pueden acarrear sanciones.

Si no se tiene la ficha, pedirla al fabricante: En caso de problemas puntuales que pudieran surgir en la práctica en el punto de venta, debido a que no se encuentre o no se tenga impresa la ficha energética, se recomienda contactar con las redes comerciales de los proveedores, quienes deben enviar a la tienda las fichas de forma inmediata.

Desde FECE hemos enviado a nuestros asociados una guía donde se pueden encontrar recomendaciones más concretas sobre colocación del etiquetado en el material de promoción o en la propia tienda de forma correcta, y también lo que no se debe hacer: etiqueta sin pegar, copia en blanco y negro, etiqueta dentro del producto, no saber qué es y por tanto no proporcionar la ficha de producto etc. También incluye información específica sobre la etiqueta de cada uno de los electrodomésticos, y unas “preguntas y respuestas” más frecuentes. Desde FECE recomendamos su lectura y que todos los vendedores la conozcan. Si eres asociado a FECE y no la has recibido, no dudes en pedirla a tu Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos autonómica, o escribirnos a fece@fece.org