No es de aplicación inmediata la nueva etiqueta energética

por | Sep 25, 2017 | Medio Ambiente

El pasado mes de julio, el Parlamento Europeo aprobó el reglamento (UE) 2017/1369 por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE.

El reglamento actual mejora el marco legislativo y de control del cumplimiento en materia de etiquetado energético.

Respecto a la nueva norma, hay una serie de dudas que pueden surgir y que desde FECE queremos aclarar:

  • El cambio de etiquetas no será inmediato. La aprobación del Reglamento Marco el pasado abril y su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea no supone el cambio automático de las etiquetas energéticas existentes.
  • No será hasta finales del 2018 cuando se publiquen los primeros actos delegados que implanten efectivamente los nuevos etiquetados (será para frigoríficos, lavadoras y lavavajillas), y no será probablemente hasta 12 meses después cuando sean obligatorias las nuevas etiquetas en los productos.
  • Es importante resaltar que el RM solo fija los requisitos generales del nuevo etiquetado energético y que no se puede aplicar a ningún producto por sí solo, sin el desarrollo de reglamentos específicos, denominados Actos Delegados.

¿Cuándo se aprobarán éstos? Teóricamente (pues puede haber demora de varios meses), el calendario será así:

1.-  Para antes de septiembre de 2018 (dentro del plazo de 15 meses desde la entrada en vigor del RM): Desarrollo y adopción por parte de la Comisión Europea, de Actos Delegados para las familias de aparatos de refrigeración, lavavajillas y  lavadoras (también televisiones y luminarias). Una vez aprobado cada Acto Delegado, y desde su fecha de entrada en vigor, habrá un plazo de 12 meses para que los productos expuestos en tienda dispongan del nuevo etiquetado energético.

2.- Para el resto de familias de productos no mencionadas previamente, la Comisión Europea desarrollará y adoptará Actos Delegados dentro del plazo de 6 años (o 9 años, dependiendo del tipo de producto) desde la entrada en vigor del RM, con un plazo de adaptación de 18 meses para que los productos expuestos en tienda dispongan del nuevo etiquetado.

Por otra parte, con referencia a la nueva base de datos europea donde los productores deberán incorporar la información relacionada del etiquetado energético de todos sus modelos puestos en el mercado, la misma se pondrá en funcionamiento para enero de 2019 (18 meses tras la entrada en vigor del RM).