Hurto multirreincidente. Una lacra para el comercio

por | Jul 13, 2022 | Blog

El hurto multirreincidete es sin duda, una enorme lacra para el comercio en nuestro país que, lejos de desaparecer, aumenta cada año dada la impunidad de estos delitos.

 

Uno de los motivos principales de este aumento es como decimos la impunidad ya que dos sentencias del Tribunal Supremo del año 2017 y en las que se considera que el hurto es derecho penal de autor, lo que significa que se debería castigar igual el primer hurto que los siguientes hasta un número indeterminado, limitó las consecuencias del hurto multirreincidente al pago de una multa.

 

Es decir, las bandas organizadas que se dedican a robar una y otra vez a comercios de nuestro país (unas 700.000 denuncias al año) ven “castigadas” sus acciones con simples mutas (sin límite en el número) y que rara vez se hacen efectivas.

 

Esto viene a demostrar que a día de hoy no existe una herramienta jurídica para luchar contra la multirreincidencia de menos de 400 euros.

 

¿Cómo acabar con él?

 

Desde la C4 (Comisión de Competitividad, Comercio y Consumo) en la que FECE participa, y CEOE hemos estado trabajando sobre el problema del hurto multirreincidente en el comercio. Es este un problema grave actualmente, ya que, en la situación actual, esta falta de consecuencias de la reiteración de los hurtos es un problema para la sociedad, para los comerciantes (el 63% de los delitos contra comercios son hurtos, con un impacto de 1.800 millones de euros anuales, un 0,8% de las ventas totales del comercio,) y para las fuerzas de seguridad del Estado. Ante esta realidad, FECE ha trabajado junto con otras organizaciones en pro de un tratamiento específico para el hurto multirreincidente.

 

Por estos motivos, es una buena noticia que se haya admitido a trámite en el Congreso una enmienda para modificar el Código Penal para modificar las consecuencias del Hurto Multirreincidente: penas de prisión de hasta 18 meses para pequeños hurtos en casos de reincidencia, cuando existan tres condenas por delitos de esta naturaleza, aun siendo de carácter leve, y el montante acumulado supere los 400 euros.