¿Se podrán abrir comercios sin necesidad de autorizaciones?

por | Jul 30, 2014 | Comercio | 0 Comentarios

Parece que la racionalidad llega a un asunto que venía trayendo de cabeza a muchos comerciantes, las “dichosas” autorizaciones de apertura, traslado o ampliación de establecimientos comerciales.

Todavía no podemos cantar victoria puesto que está en tramitación la modificación del artículo 6 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista (LORCOMIN) a través del Real Decreto Ley 8/2014 de 4 de Julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que está actualmente en tramitación parlamentaria, pero parece que por fin se está por la labor de agilizar la implantación de establecimientos comerciales.

Lo más importante que trae la nueva legislación es la no exigencia, con carácter general, de autorización previa para la apertura, traslado o ampliación de establecimientos comerciales, y sólo será necesaria una comunicación previa o declaración responsable al organismo público correspondiente. Sólo será necesaria la autorización previa cuando concurran, lo que denominan “razones imperiosas de interés general aplicables al ámbito de la distribución comercial” es decir, cuando puedan producirse posibles daños en el medio ambiente, en el entorno urbano, o el patrimonio histórico artístico, razones utilizadas comúnmente por todas las CCAA. Además se simplifica el procedimiento administrativo, que será único, es decir, o el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma tramitará de forma conjunta la solicitud.

Esperamos que entre en vigor lo antes posible, aunque, dado que todavía está pendiente de convalidación y tramitación parlamentaria, es posible que se introduzcan modificaciones; veremos cómo queda el asunto. ¡Os iremos informando!