El Supremo posibilita una prórroga de 10 años para las tiendas de renta antigua

por | Oct 6, 2015 | Info para tiendas | 0 Comentarios

Este mes tenemos una buena noticia: el Tribunal Supremo ha confirmado que los comercios con un contrato de renta antigua -alquileres muy inferiores al precio de mercado- traspasados antes del 1 de enero del 2015 tendrán una prórroga de diez años antes de extinguirse.

La sentencia del TS da la razón a unos arrendatarios que pedían mantener esta renta antigua hasta el 2021 después de haber recibido el traspaso del negocio en el 2011. Se considera que debe aplicarse una de las excepciones contempladas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994, para el caso en que si se realiza un traspaso de negocio, el arrendamiento durará al menos 10 años desde la fecha de la operación.

La LAU también prevé otras excepciones que permiten mantener la renta antigua más allá del límite del 2015. Por ejemplo, si el arrendatario es una persona jurídica y el local fue traspasado entre el 1 de enero de 1985 y el mismo día de 1995, el contrato no se extinguirá hasta el 1 de enero del 2020.